Técnicamente es posible sentar a Putin ante la Corte Penal Internacional (CPI) por su actuación en Ucrania, pero es muy difícil. En esto coinciden Fernando Val, profesor de Derecho Internacional Público de la UNED, y Jorge Cardona, catedrático de Derecho Internacional Público de la Universidad de Valencia. “La posibilidad existe, la probabilidad es reducida”, resume Cardona.
La CPI -también conocida como Tribunal Penal Internacional (TPI)- tiene competencia en los crímenes de agresión, genocidio, de guerra y contra la humanidad. En este caso, parece que el crimen de agresión “sería relativamente fácil de demostrar”, señala Cardona, pero el problema es que ninguno de los dos estados implicados ha ratificado el Estatuto de Roma de la Corte.
Una posibilidad, explica Fernando Val, es que el Consejo de Seguridad de Naciones Unidas envíe el asunto a la CPI, “pero no lo va a hacer porque Rusia es miembro permanente, tiene derecho de veto y cualquier resolución del Consejo de Seguridad remitiendo la situación de Ucrania a la Corte va a ser vetada”. La única opción que ve para juzgar a Putin por este crimen de agresión es que cambiara el régimen ruso, algo que considera muy difícil.
“En el caso de crímenes de guerra y de lesa humanidad, sí es posible que la CPI ejerza su competencia” en base a la aceptación, por parte de Ucrania, de la jurisdicción de la Corte a raíz de la crisis de Crimea en 2014 indica Val. Esta jurisdicción sigue vigente. Además, el fiscal sí ha iniciado una investigación, pero las posibilidades de que siga adelante son muy pequeñas y es un proceso lento. “No es fácil establecer un vínculo que cumpla con las exigencias y las garantías del proceso penal” para decir que Putin ordenó la comisión de estos crímenes, señala Val, que añade que “no es imposible, pero sí va a tardar tiempo”. Jorge Cardona recuerda otra dificultad más: para poder juzgar a Putin se necesitaría que fuera detenido, porque “el Tribunal Penal Internacional no juzga en ausencia”.
No obstante, aunque “la utilización del derecho suele ser lenta, al final provoca normalmente justicia. Siempre es bueno que se inicie, como se ha hecho, una investigación por el Tribunal Penal Internacional”, destaca el catedrático de la Universidad de Valencia. Y recuerda que en esta investigación habrá que “ver quiénes son los responsables de estos crímenes, no solo por parte rusa. También puede haber crímenes por parte de Ucrania o de cualquier grupo armado. Por tanto, la responsabilidad penal es de todos los que intervengan, autoricen o estén en la cadena de mando”.
Las posibilidades de la comunidad internacional no se agotan en la CPI. “Hay alternativas, pero todas tan complicadas o más que las de la Corte”, señala Cardona. Estas opciones son la creación de un tribunal ad hoc, al estilo de los que se crearon para juzgar los crímenes de Ruanda o de la antigua Yugoslavia y la jurisdicción universal ejercida de forma interna por los estados.
Respecto a la creación de un tribunal especial, el procedimiento habitual es que lo cree el Consejo de Seguridad de la ONU. Y ahí nos volvemos a encontrar con el derecho de veto ruso, coinciden ambos expertos.
En cuanto a la jurisdicción universal, aunque haya estados que reconocen en su jurisdicción competencia para juzgar crímenes de guerra o contra la humanidad, “si no se hace teniendo detenido y presente al enjuiciado, los juicios en ausencia sirven de poco”, explica Cardona. Y, si se hace estando el detenido presente, “para que lo juzgue un estado, mejor que lo juzgue la CPI”, añade.
En resumen “la CPI tiene posibilidades, pero pequeñas. Los tribunales nacionales tienen enormes dificultades prácticas para llevar a cabo este enjuiciamiento. Y es muy difícil crear un tribunal especial”, concluye Val.