El Tribunal Superior de Justicia de Cantabria (TSJCan) ha condenado a cinco años de inhabilitación especial al titular del Juzgado de lo Contencioso-Administrativo número 2 de Santander, Luis Acayro Sánchez, por un delito de prevaricación judicial por el que fue juzgado hace dos semanas, acusado de dictar resoluciones en prejuicio de un letrado que se querelló contra él, junto al Colegio de la Abogacía de la comunidad autónoma.
El TSJC considera «injusta» la decisión del magistrado de recabar información sobre la justificación de contratación de técnicos externos -el abogado en cuestión por parte de ayuntamientos- y requerir la aportación de los propios contratos menores con los que se había llevado a efecto dicha contratación.
Además de inhabilitarle para el ejercicio de la función jurisdiccional -con pérdida definitiva del cargo que ostenta-, la Sala de lo Civil y Penal del TSJC ha impuesto al magistrado una multa de 2.700 euros -a razón de una cuota de 15 euros diarios durante seis meses- y que indemnice con 5.000 euros al querellante, José María Real del Campo, según la sentencia dictada el pasado lunes y notificada ayer.
LA SENTENCIA NO ES FIRME: EL SUPREMO TIENE LA ÚLTIMA PALABRA
El fallo no es firme, pues cabe interponer recurso de casación ante el Tribunal Supremo, que ya absolvió a Acayro Sánchez de un delito de descubrimiento y revelación de secretos y anuló la condena impuesta en su día por el TSJCan.
La defensa ha anunciado que, una vez estudiada la sentencia, recurrirá ante el TS, y que los motivos del recurso se concretarán en los próximos días.
En la presente causa, la Fiscalía de Cantabria -representada por su jefa superior, Pilar Jiménez- y la entidad colegial -personada a través de la abogada Carmen Sánchez Morán- reclamaban 15 años y un día de inhabilitación especial al magistrado -y multa de 12.000 euros y 5.000 de indemnización- por prevaricación judicial continuada, por dictar resoluciones «irracionales» para «perturbar y perjudicar» al querellante.
Mientras, la defensa, ejercida por Javier Sánchez-Vera, interesaba la libre absolución de su patrocinado.
La Sala, conformada por los magistrados Rubén López-Tamés, Clara Penín y José Luis López del Moral -ponente de la resolución y presidente del TSJC, a quien Acayro Sánchez disputó el cargo-, ha apreciado el delito de prevaricación judicial, pero no continuado, en una de las siete resoluciones dictadas por el juez analizadas en el marco de esta causa, derivada de dos procedimientos administrativos en los que intervino, pues fueron tramitados por el Juzgado de lo Contencioso Administrativo número 2 de Santander entre 2017 y 2019.
En el primero, y según las acusaciones, el juez Acayro Sánchez –suspendido de sus funciones por el CGPJ cuando se abrió juicio oral y que recientemente ha solicitado su traslado al País Vasco– se centró en investigar la relación contractual de Real del Campo con el Ayuntamiento de Castañeda a través de las facturas por el pago de servicios prestados; y en el segundo, por deducir testimonio a la Fiscalía contra el abogado querellante por un presunto delito de falsedad documental en una causa en el Consistorio de Alfoz de Lloredo.