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La presidenta del CGAE, Victoria Ortega, señala que se está valorando diversas opciones y espera que pueda regularse en la Ley de Derecho de Defensa

El Consejo General de la Abogacía Española (CGAE) está estudiando las acciones adoptar después de conocer el varapalo que ha supuesto la reciente sentencia del Tribunal Supremo que confirma que la Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia (CNMC) puede multar a los colegios de abogados por publicitar baremos orientativos de honorarios o precios. Según ha fijado el Alto Tribunal, la existencia de estos listados “opera como elemento disuasorio de la libre competencia en el mercado de los servicios profesionales prestados por abogados”. Entre las opciones que baraja la Abogacía, según ha adelantado a Cinco Días Legal la presidenta del CGAE, Victoria Ortega, está la de acudir a la justicia europea para que sea esta la que dirima la cuestión.

La posible intervención del Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJUE) buscaría una interpretación homogénea de esta cuestión a la luz de las directivas de competencia desleal, por un lado, y de defensa de los consumidores, por otro. Son varios los tipos de recursos que se pueden presentar ante el TJUE. Como señala Ortega, en caso de que se optase por esta vía, “habría que estudiar cuál es el más apropiado”.

Los colegios de abogados defienden que la existencia de estos baremos orientativos es necesaria o, cuanto menos, conveniente para que el abogado pueda cumplir con su deber de informar adecuadamente a su cliente. Además, advierte Ortega, es un valor de referencia que se utiliza cuando hay un conflicto sobre el coste del servicio prestado sobre todos en casos en los que se condena a pagar estos honorarios a la parte que pierde el pleito. “Lo que nos preocupa es la seguridad jurídica del justiciable, que debe tener derecho a saber lo que puede costarle un pleito si es que lo pierde”, afirma la presidenta del CGAE.

Por otro lado, explica Victoria Ortega: “Esperamos que la estimación de las costas pueda regularse en la Ley del Derecho de Defensa o en otra iniciativa legislativa con el fin de devolver al justiciable la seguridad jurídica a la que tiene derecho”.

Las multas en ciernes

La CNMC ha multado a varios colegios de abogados por difundir estas listas orientativas de honorarios. La sentencia del Tribunal Supremo del pasado 19 de diciembre desestima el recurso planteado por el Colegio de Abogados de Las Palmas contra la sentencia de la Audiencia Nacional que avaló la multa de 19.443 euros impuesta por el regulador en 2015.

Más recientemente, el Supremo ha devuelto a la Audiencia Nacional el caso sobre la sanción que impuso la CMNC en 2018 a nueve colegios de abogados (los colegios de Barcelona, Ávila, A Coruña, Sevilla y Bizkaia) por elaborar, aplicar y difundir baremos de honorarios tras una denuncia de Bankia con motivo de las costas de los pleitos masivos que presentaron los accionistas reclamando la inversión realizada en la salida a Bolsa en 2011. En esta ocasión, la CNMC argumentó que, desde 2009, la Ley de Colegios Profesionales prohíbe expresamente a los colegios establecer recomendaciones sobre honorarios “ni cualquier otra orientación, recomendación, directriz, norma o regla sobre honorarios profesionales”. La multa total ascendió a 1,4 millones de euros, pero fue anulada en 2021 por la Audiencia Nacional al considerar que no se había producido una afectación de la libre competencia supraautonómica o en el conjunto del mercado nacional.