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Servicio de Mediación

¿Qué es la mediación y a quién va dirigida?

La mediación es un modelo de resolución de conflictos que busca la gestión del conflicto por las propias partes, la figura del mediador ayuda a comunicarse y a encontrar la solución al conflicto rigiéndose por los principios de voluntariedad, neutralidad, confidencialidad e imparcialidad.

La mediación va dirigida a particulares, empresas, centros educativos, asociaciones, centros sanitarios, etc. y las materias sobre las que puede tratar una mediación abarcan todo tipo de ámbitos:

  • Civil
  • Familiar
  • Penal y penitenciario
  • Comunitario
  • Hipotecario
  • Mercantil
  • Actividad comercial y de consumo
  • Conflictos asociativos
  • Intercultural
  • (…)

Distinguimos dos tipos de mediación: la extrajudicial, que es la que se desarrolla al margen del proceso judicial, tratando de que no sea necesario acudir a los tribunales y la intrajudicial, que comienza una vez emprendido el proceso en el Juzgado, por indicación del Juez o a petición de ambas partes.

SERVICIO DE MEDIACIÓN DEL ICAT

La demanda de dar solución a los conflictos que forman parte esencial de las relaciones y la implicación fundamental del abogado en su resolución llevan a la Junta de Gobierno del Colegio de Teruel, en su reunión de 6 de marzo de 2018  a adoptar un acuerdo mediante el que se declaró Institución de Mediación, al amparo del artículo 5 de la Ley 5/2012, de 6 de julio, creando el SERVICIO DE MEDIACIÓN del Ilustre Colegio de Abogados de Teruel como instrumento para la tarea de impulsar y desarrollar la mediación. Mediante el mismo se organiza y gestiona la mediación en el Colegio, incluida la designación de mediadores e igualmente se articulan los ESTATUTOS Y NORMAS DE FUNCIONAMIENTO DEL SERVICIO DE MEDIACIÓN DEL ILUSTRE COLEGIO DE ABOGADOS DE TERUEL, de esta forma, desde el ICAT se ofrece una alternativa a la  resolución de conflictos independiente, integral y profesional para las diversas áreas del Derecho.

Los Estatutos y Reglamento regulan el Servicio de Mediación y establecen los requisitos para ser mediador, derechos y obligaciones y régimen de responsabilidad junto a las normas relativas al proceso de mediación.

Por otro lado, se crea un Registro de Mediadores del ICAT en el que se incorporan los colegiados que así lo soliciten y cumplan con los requisitos formativos específicos, el mediador del ICAT es abogado con formación y experiencia en la mediación que facilita a las partes la búsqueda de la solución a las controversias  existentes entre las mismas facilitando el mutuo acuerdo mediante el diálogo, en un espacio de igualdad, imparcialidad, confidencialidad y neutralidad.

MEDIACIÓN EXTRAJUDICIAL

Solicitud de la instancia para iniciar el procedimiento correspondiente al ICAT.

MEDIACIÓN INTRAJUDICIAL

En este caso, en los asuntos ya judicializados, los Juzgados pueden establecer la derivación de un asunto a Mediación, para lo cual, el colegio dispone de un servicio de Mediación Intrajudicial por diferentes Jurisdicciones, en los que se designa un mediador que iniciará con las partes el proceso de mediación, comunicando posteriormente al Juzgado el resultado de la misma, ya haya resultado con acuerdo o sin acuerdo, en cuyo caso, el procedimiento judicial continuará.

NORMATIVA

Legislación nacional

Legislación autonómica

Aragón

 

ABOGACIA Y METODOS ALTERNATIVOS DE RESOLUCIÓN DE CONFLICTOS.

 

VIDEOS DE MEDIACIÓN