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Este 2021 nos ha dejado un nuevo Estatuto General de la Abogacía en sustitución del que regía desde 2001. Pero también otras normas que afectan directamente a la profesión, como la reforma del Reglamento de Justicia Gratuita o del tratamiento legal de la discapacidad.

En vigor desde el 1 de julio, el nuevo Estatuto regula por primera vez la prestación libre de servicios en todo el territorio nacional y europeo, desarrolla de forma exhaustiva el derecho al secreto profesional, incluso para los abogados de empresa, y permite a los Colegios de la Abogacía presentar denuncias ante el Poder Judicial por retrasos injustificados en los juzgados o conductas que afecten a la libertad o independencia de un letrado.

También recoge el derecho y deber de los abogados de seguir una formación continua especializada. Y hace un llamamiento a la modernización de las corporaciones colegiales, tanto en su estructura como en su forma de relacionarse con los colegiados.

También este año se aprobó, en marzo, la reforma del Reglamento de Justicia Gratuita. La principal novedad que introdujo fue que los abogados del turno de oficio del conocido como territorio ministerio cobren sus asistencias de forma mensual, en lugar de trimestralmente como se venía haciendo.

Otro hito fue la Reforma en el tratamiento legal de la discapacidad. La ley 8/2021, vigente desde el día 3 de septiembre, sustituye el criterio de protección de la persona mediante la incapacitación civil por la primacía de la voluntad de la persona, a través de un sistema de apoyos en el ejercicio de su capacidad jurídica.  Sin embargo, todavía existe incertidumbre sobre su aplicación. La abogacía denuncia falta de recursos para que la nueva ley sea efectiva así como la necesidad de una asistencia jurídica gratuita preceptiva en todos los procedimientos, incluso en los actos de jurisdicción voluntaria.

También se alcanzó un acuerdo con el Ministerio de Justicia para regular la conciliación en la profesión. La nueva Ley de Eficiencia Procesal, que se espera sea aprobada próximamente, incorpora la maternidad y la paternidad como causas de suspensión de procedimientos y declara inhábil a efectos procesales el periodo entre el 24 de diciembre y el 6 de enero.

También este año la Abogacía se dio cita en las Jornadas de Juntas de Gobierno de los Colegios de la Abogacía que se celebraron del 8 al 10 de septiembre en Bilbao y en las que se debatieron los principales retos que enfrenta la profesión.

Y el 2021 ha terminado con la entrada en vigor de la reforma laboral, que, entre otras novedades, restringe la contratación temporal y elimina el contrato por obra y servicio.