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La presidenta del Consejo General de la Abogacía, Victoria Ortega, ha reivindicado la importancia del papel de la abogacía en todo el ciclo de vida de las sociedades mercantiles, desde su constitución hasta su disolución.

La participación del abogado “aporta estabilidad y seguridad jurídica en todo el funcionamiento de la sociedad”, afirmó Ortega en la inauguración de la quinta edición del Congreso Nacional de Derecho de Sociedades que se celebra en la Universidad de Málaga.

En la inauguración del congreso que este año versa sobre la problemática en torno a los acuerdos sociales, participaron además la codirectora del evento Belén González Fernández, profesora Titular de Derecho Mercantil de la Universidad de Málaga, Rosario Jiménez Rubio, decana de Andalucía Oriental del Colegio de Registradores, José Ángel Martínez, presidente del Consejo General del Notariado, y Tomás Cordero Alcántara, director de la Escuela de Doctorado de la Universidad de Málaga.

La Abogacía se opone a la eliminación de la intervención preceptiva del abogado en el procedimiento para microempresas, como está prevista en el Anteproyecto de Ley de Reforma de la Ley Concursal. Y así lo manifestó en las alegaciones que el año pasado presentó a dicho anteproyecto, alertando de que “este procedimiento, que incluiría a un colectivo tan vulnerable como  los autónomos, podría generar indefensión al deudor, así como un perjuicio para personas con menos recursos, ya que, sin ser preceptiva la presencia de un abogado, no tendrían derecho a la Justicia Gratuita”. El Consejo General de la Abogacía advirtió en dichas alegaciones que esto “podría tener graves consecuencias”.

En un artículo de opinión publicado esta misma semana en Expansión , la presidenta de la Abogacía afirmó que “el texto no prohíbe ni limita pero sí obvia la intervención letrada en la disolución de las microempresas. Por ello, de aprobarse la ley Concursal con el texto actual, los acreedores siempre contarán con asistencia legal, pero no será así la situación de quienes lo hayan perdido todo. Seguramente que la muerte registral de esas empresas será más rápida, pero si en el proceso solo intervienen los abogados de las partes acreedoras ¿quién garantizará que se han respetado los derechos del insolvente?”.